Expediente 173-D-07
INFORME
Honorable Cámara:
Las comisiones de Justicia y de Presupuesto y Hacienda han considerado el proyecto de ley venido en revisión del H. Senado, por el cual se crea un Juzgado Federal de Primera Instancia, una Fiscalía y una Defensoría Publica Oficial, con asiento en la ciudad de Concordia, provincia de Entre Ríos; y, luego de su exhaustivo análisis aconsejan su sanción.
DICTAMEN DE LAS COMISIONES
Honorable Cámara:
Las comisiones de Justicia y de Presupuesto y Hacienda han considerado el proyecto de ley venido en revisión del H. Senado, por el cual se crea un Juzgado Federal de Primera Instancia, una Fiscalía y una Defensoría Publica Oficial, con asiento en la ciudad de Concordia, provincia de Entre Ríos.; y, por las razones expuestas en el informe que se acompaña, y las que dará oportunamente el miembro informante, aconsejan la sanción del siguiente:
PROYECTO DE LEY
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación
Artículo 1º: Créase un (1) Juzgado Federal de Primera Instancia con asiento en la ciudad de Concordia, provincia de Entre Ríos. El mismo funcionará con dos (2) Secretarías.
Art. 2º: El Tribunal que se crea, tendrá competencia territorial en los Departamentos de Concordia, San Salvador, Federación, Federal y Feliciano, de la provincia de Entre Ríos, quedando así modificadas por desmembramiento, la competencia del Juzgado Federal de Primera Instancia con asiento en la ciudad de Concepción del Uruguay.
Art. 3º: El juzgado al que se refiere el Art. 1º tendrá igual competencia en razón de la materia que los Juzgados Federales de Primera Instancia de Concepción del Uruguay y Paraná, salvo –en este caso- la materia electoral.
Art. 4º: La Cámara Federal de Apelaciones de Paraná (Provincia de Entre Ríos), será Tribunal de Alzada del Juzgado que se crea por la presente ley. El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Paraná conocerá en todo lo relativo a su respectiva competencia material.
Art. 5º: Créase una (1) Fiscalía y una (1) Defensoría Pública Oficial, las que tendrán a su cargo el Ministerio Público y de la Defensa, respectivamente, con relación a las causas que tramiten ante el juzgado que se crea por la presente ley.
Art. 6º: Todas las causas penales y no penales pendientes por ante el Juzgado Federal de Concepción del Uruguay y Cámara Federal de Apelaciones de Paraná, que en razón de su competencia y de acuerdo a jurisdicción territorial correspondieren a la órbita del nuevo Juzgado Federal de Concordia, continuarán en el juzgado en que se encuentren radicadas, hasta su finalización. Para causas no penales pendientes, las partes podrán solicitar la remisión de dichas causas al Juzgado Federal de Concordia, para los que deberán manifestarlo expresamente ante el Tribunal en el que está radicada la causa, dentro del plazo de tres (3) meses de instalado el nuevo juzgado.
Art. 7º: Créanse los cargos de magistrados, funcionarios y empleados a que se refieren los anexos I y II de la presente para el Juzgado y el Ministerio Público, que tendrán las dotaciones que en ellos se indican.
Art. 8º: Los recursos necesarios para atender al cumplimiento de la presente ley, serán incluidos en el Presupuesto General para la Administración Pública con imputación al Poder Judicial de la Nación y al Ministerio Público, a partir del próximo ejercicio.
Art. 9º: El Juzgado Federal de Primera Instancia de Concordia que se crea por esta ley, comenzará a funcionar en el término de ciento ochenta (180) días contados desde la sanción de la ley de presupuesto mencionada en el artículo anterior. La corte Suprema de Justicia de la Nación, la Procuración General de la Nación y la Defensoría General de la Nación adoptarán las medidas necesarias para la instalación de dicho juzgado y el Ministerio Público y para el cumplimiento de los demás efectos causados por su creación.
Art. 10: Comuníquese al Poder ejecutivo.
Sala de las comisiones,
173-D-09
ANEXO I
COMPOSICIÓN DEL JUZGADO FEDERAL DE PRIMERA INSTANCIA DE CONCORDIA MAGISTRADOS Y FUNCIONARIOS
JUZGADO
Juez de Primera Instancia 1 Secreatario de Primera Instancia 2 Prosecretario Administrativo 2 Jefe de Despacho de 1ra. (Secretario Privado) 1 Jefe de Despacho de 1ra. (habilitado) 1 Jefe de Despacho de 1ra. 2 Oficial Mayor Notificador 1 Oficial Mayor Bibliotecario 1 Oficial Mayor 2 Oficial 2 Escribiente 2 Escribiente Auxiliar 2 Medio Oficial POM 2
TOTAL___________21
ANEXO II MINISTERIO PUBLICO FISCAL
Creación de cargos de funcionarios y personal administrativo, técnico y de servicios en el Ministerio Público Fiscal y de la Defensa.
FISCALIA
Fiscal 1 Secretario 1 Prosecretario Administrativo 1 Jefe de Despacho de 1ra. 1 Oficial Mayor 1 Oficial 1 Escribiente 1 Auxiliar Escribiente 1 Medio Oficial POM 1
TOTAL_________ 9
173-D-09
MINISTERIO PUBLICO DE LA DEFENSA
Defensor Público Oficial 1 Prosecretario Administrativo 1 Jefe de Despacho de 1ra. 1 Oficial Mayor 1 Oficial 1 Escribiente 1 Auxiliar Escribiente 1 Medio Oficial POM 1
TOTAL_________ 8
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