Que es necesario fomentar la instalación de emprendimientos que favorezcan la creación genuina de mano de obra local.- Que la ordenanza 32885/2004 (texto ordenado según ordenanza 33.333) establece el régimen de promoción de empresas en el parque industrial.- Que el inciso b) del art. 4de la ordenanza mencionada establece que entre otros se puede radicar en el Parque Industrial de la ciudad de Concordia los “Establecimientos que sean considerados de interés comunal”
Que a fs. 61 con fecha 12 de octubre de 2007 el en ese entonces Director de Producción Sr. Jorge H. Sequeiro luego de algunas consideraciones sobre el uso de Cajeros Automáticos manifiesta que comparte lo expresado a fs. 59 por el presidente del EMAPI y que “dada la importancia del servicio a brindarse, debería declararse de interés municipal.-“ … POR ELLO EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA SANCIONA LA SIGUIENTE ORDENANZA
Articulo 1º: Declarase de interés comunal en los términos del inciso “b” del articulo “4” de la ordenanza 32.885/2004 al emprendimiento de la empresa Transportadora de Caudales Juncadella S.A. (PROSEGUR) expediente 974.850 del 17/09/07, para su acogimiento al régimen de promoción industrial al único efecto de la adjudicación a titulo gratuito de un lote para su radicación en el Parque Industrial de la Ciudad de Concordia-
Articulo 2º.- Déjase expresamente determinado que el mismo no alcanza a los demás efectos de la promoción industrial-
Artículo 3º Comuniques publíquese regístrese y archivase
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